“La autonomÃa porteña será únicamente plena cuando se derogue la llamada Ley Cafieroâ€?.
Posted by - 31/03/08 at 10:03:59 pm28-04-2006
La Diputada Nacional Nora Ginzburg asistió en la fecha a la inauguración del edificio de Tacuarà 138 para el funcionamiento del fuero Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ceremonia presidida por el Jefe de la Ciudad Lic. Jorge Telerman.
Ginzburg, que fuera convencional constituyente de la Ciudad de Buenos Aires e integrante de la Comisión de Justicia y Seguridad de la misma, expresó: “Esto es un paso más en el afianzamiento de la autonomÃa porteña, la que será plena únicamente cuando se derogue la llamada Ley Cafieroâ€?.
Luján Casaubon
Asesora de Prensa
63107430
1554847434
Fundamentos del voto en contra a la reforma del Consejo de la Magistratura
Posted by - 31/03/08 at 07:03:06 pmInserción de texto Discurso Dip. Nora Ginzburg por tratamiento expte 0249-S-05, en Sesión Extraordinaria del 22/02/2006.
Señor Presidente:
Los fundamentos de nuestro voto negativo son tan abundantes como los atropellos permanentes que viene sufriendo la Republica en el último tiempo. Nos encontramos hoy debatiendo un proyecto que denota graves inconstitucionalidades y desnaturaliza los órganos creados por la Reforma Constitucional de 1994 para asegurar la independencia del Poder Judicial.
En primer lugar, el tratamiento de esta reforma crucial se esta efectuando en periodo de sesiones extraordinarias, a pesar de que no se trata de un tema que requiera tratamiento urgente. Por el contrario, es una cuestión de delicado interés institucional que merece un cuidadoso análisis y requiere consulta con los diferentes sectores de la comunidad. Se ha evitado que la sociedad realice el debido debate, se ha evitado difundir la importancia de la cuestión. Se pretende aprobarlo haciendo uso de la mayorÃa parlamentaria del bloque oficialista. Pareciera que la democracia argentina no sabe de debates racionales, sino del peso de la mayorÃa.
La Justicia sigue siendo vista como un botÃn que debe quedar en manos del partido de gobierno. Y sin embargo, se trata de un tema central para el Estado de Derecho.
Como indicara la Dra. Maria Angélica Gelli en ocasión del reciente debate organizado por la Mesa de Dialogo Argentino, “La Justicia es una cuestión de todos. Ojalá el Gobierno pusiera este tema en debate en los medios�.
El debate profundo sobre el tema se produjo hace doce años, en ocasión de la Convención Constituyente de 1994. Paradójicamente, el espectro polÃtico coincidió ampliamente en la idea de crear el Consejo de la Magistratura y el Jury de Enjuiciamiento con el fin primordial de reforzar la independencia y credibilidad del Poder Judicial. En este sentido se manifestaron convencionales de todos los sectores polÃticos, como Pose, Saravia Toledo, Mestre, AlfonsÃn, Falbo, Hitters.
Hoy, a pesar de esta actitud de ocultamiento del Gobierno, todo el espectro de organizaciones no gubernamentales, Colegios Públicos, Asociaciones de Abogados, organizaciones de Derechos Humanos y medios de comunicación se han manifestado en contra del proyecto oficialista de reforma, expresando enorme preocupación por las implicancias que podrÃa tener.
La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, la Sociedad Porteña de Penalistas, la organización Human Rights Watch (HRW) han manifestado rechazo y preocupación ante esta reforma que es inconstitucional. El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, la Asociación de Abogados de Buenos Aires y el Colegio de Abogados de Buenos Aires, han promovido una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la misma.
Y yo me pregunto: cuál ha sido la actitud del Gobierno en el tiempo inmediatamente anterior al tratamiento del proyecto. En los últimos tres meses ha salido a la caza de votos que aseguren su aprobación, para asà continuar el camino autoritario iniciado. Porque hacia donde vamos si no hacia el autoritarismo, cuando nos encontramos ante un Gobierno que aprovecha la confianza depositada por el voto popular para ir carcomiendo la Constitución, hasta hacerla inaplicable.
Y cuando sectores polÃticos se refieren al apoyo de este proyecto como una “prueba de lealtadâ€? que exige el Gobierno, yo les recordarÃa que estamos aquà para ser leales a la Constitución Nacional.
Y para todos aquellos representantes que responden a gobernadores que hoy están atados a los fondos o la obra pública de la Nación, tomo las palabras expresadas por un dirigente polÃtico al respecto: “no se puede cambiar calidad institucional por necesidad económica de las provincias” (Expresado por el Diputado Nacional Mario Negri, UCR y publicado por La Nación, 13/01/2006 en la nota “La CrematÃstica Kirchneristaâ€?).
Esta reforma no es negociable.
Debemos tenerlo muy presente: hoy nuestra Republica padece ya un fuerte deterioro institucional.
En los últimos diez años se instauró la costumbre de gobernar por decretos de necesidad y urgencia y leyes de emergencia económica que otorgan superpoderes a los titulares del Ejecutivo. Esto ayuda a que perdamos la memoria de cuáles son los principios republicanos y democráticos. Las encuestas muestran hoy una gran desconfianza de la ciudadanÃa en la Justicia.
Y si la norma constitucional que es el articulo 114 de la Carta Magna, se transforma en letra muerta a partir de la reforma que hoy vamos a votar, será una muestra más de subordinación del Poder Legislativo al Ejecutivo y habremos retrocedido a la situación de la Justicia antes de 1994.
Recordemos cual era el contexto, el clima en que se efectuaban los debates por la Convención Constituyente del ´94: la sociedad estaba ávida de un Poder Judicial independiente y eficaz que garantizara seguridad jurÃdica con imparcialidad e idoneidad.
Una de las responsabilidades de los polÃticos es buscar construir instituciones de calidad, respetarlas y hacerlas respetar: si las instituciones son manipuladas o violadas por los polÃticos, la sociedad tampoco las respetará.
Por eso, además de sacarse fotos con lÃderes como Lagos, Bachelet, Tabaré Vazquez, Lula, nuestros mandatarios deberÃan imitar el respeto institucional que impera en esos paÃses.
El triste acontecimiento del asesinato del policÃa de Las Heras, Santa Cruz y el lentÃsimo avance de la correspondiente investigación judicial para esclarecerlo, alerta sobre el estado de gravedad institucional que padecemos. Ante la ausencia de canalización institucional, en Argentina se han ido instalando medidas de acción directa donde se aplica la ley de la selva. Gana el más fuerte.
Y como expresara quien fuera Presidente del Foro de Estudios sobre la Administración de Justicia, el Dr. Horacio Lynch, “nuestros mejores jóvenes ya no aspiran a la Justicia. No es difÃcil adivinar las causas. Priman el desprestigio y la mala imagen de la institución (asà como) la falta de independencia y el inadecuado sistema de selecciónâ€?. (“Desabastecimiento de juecesâ€?, La Nación 15/02/2006)
¿Tenemos hoy una Justicia independiente? ¿Cuál es la situación del más alto tribunal? La Corte Suprema cuenta con 7 miembros de los 9 que deberÃa tener. Y como no se reduce el número de miembros pero tampoco se cubren las vacantes, en la práctica se creó un sistema de consenso que dificulta enormemente lograr cualquier resolución. La Corte no avanza en la resolución de temas como los miles de amparos por la pesificación de los depósitos bancarios, porque para firmar una sentencia necesita la voluntad de 5 jueces sobre apenas 7 en funciones. Antes, como el tribunal contaba con 9 miembros, se requerÃa el 55% de las voluntades y ahora el 71%.
Para saber si contamos con una Corte Suprema independiente, habrá que esperar a que el alto Tribunal resuelva cuestiones como el caso Sosa, ex fiscal general de Santa Cruz, la actualización de las jubilaciones mayores que 1000 pesos y el de la Publicidad oficial, planteado por el diario RÃo Negro. La resolución de estos casos testigo dirán cuán independiente es esta Corte respecto del Presidente Kirchner.
Voy a hacer una referencia histórica que permitirá vislumbrar cuán grande es la crisis institucional que padecemos y que se verá profundizada con esta reforma.
La Constitución Nacional de 1853, respecto del procedimiento de designación de magistrados, adoptó el modelo norteamericano de la Constitución de Filadelfia, por el cual el Poder Ejecutivo proponÃa los candidatos y el Congreso, por medio del Senado, prestaba el acuerdo respectivo. El criterio de designación implicaba una elección polÃtica. La destitución de los jueces era facultad del Congreso: la Cámara de Diputados acusaba y el Senado sentenciaba.
En Argentina el resultado de esa designación de magistrados distó mucho del producido por el paÃs del Norte, en donde el Poder Ejecutivo careció de discrecionalidad y su propuesta fue siempre sometida a distintos estamentos.
Aquà el procedimiento aplicado conspiró contra la independencia y legitimó el avasallamiento por parte del Poder Ejecutivo. El resultado fue una institución debilitada, con grave carencia de imparcialidad, con ciertos jueces sin capacidad técnica y otros que protagonizaron escándalos y actos de corrupción.
Además, el Senado de la Nación, en su Reglamento Interno, estableció la alternativa de las sesiones secretas de la Cámara que, aplicadas a la aprobación de los pliegos de los candidatos a jueces federales, impidió en los hechos el control de la opinión pública sobre las designaciones y favoreció los acuerdos de repartos partidarios.
El sistema no funcionó, por la influencia polÃtica en la nominación de magistrados, por amiguismo.
La gestión del ex Presidente Menem produjo un fuerte deterioro del Poder Judicial. En 1990 el Gobierno aumentó el número de miembros de la Corte Suprema (ley 23771) y la hizo adicta. Buena parte de las designaciones de jueces inferiores se habÃan convertido en moneda de cambio de favores polÃticos. El modelo de juez bien formado en Derecho, capaz de repartir equidad y con fuerte compromiso con valores democráticos y derechos humanos no era usualmente el elegido. Y el juicio polÃtico, que debÃa tramitarse en sede legislativa, era letra muerta.
Todo esto originó en la sociedad civil grandes reclamos de un Poder Judicial con transparencia, honestidad, celeridad, inmediatez, imparcialidad.
Asà llegamos al nacimiento del Consejo de la Magistratura, con la reforma constitucional de 1994, que persiguió fundamentalmente la reelección presidencial. El Convencional Constituyente buscó un modelo alternativo y creó el Consejo de la Magistratura como órgano garante de la independencia judicial.
El equilibrio en la composición ordenado por el artÃculo 114 de la nueva Constitución no fue casual. Buscó remediar el monopolio de la designación y juzgamiento de magistrados en manos de los sectores polÃticos.
Se crearon dos órganos independientes: el Consejo de la Magistratura, que tuvo a su cargo la selección de los jueces y la facultad de acusar a los magistrados, suspenderlos en sus funciones y proponer su remoción, y el Jurado de Enjuiciamiento, que debÃa juzgar la conducta de los jueces de los tribunales inferiores de la Nación y resolver acerca de su remoción.
Ya en ese momento los sectores vinculados a la abogacÃa y a la judicatura hicieron saber su preocupación para que la ley que finalmente regulara el organismo no rompiera el equilibrio entre los representantes de los órganos polÃticos, de los jueces y de los abogados, que sabiamente habÃan impuesto los constituyentes.
Recién en 1998 se reglamentó el artÃculo 114, a través de la ley 24.937.
El régimen introducido en 1994 creó un sistema más racional, menos expuesto al discrecionalismo. Con la incorporación del Consejo y su involucramiento previo en la conformación de las listas de los candidatos a jueces, las facultades del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo han perdido el carácter decididamente discrecional que tenÃan antes. Se pasó a facultades más “regladas”, menos absolutas, que aseguraron mayor transparencia y razonabilidad en la designación de los magistrados. El nivel de idoneidad de los magistrados mejoró como resultado del sistema que se instrumentó a partir de la creación del Consejo.
Sobran los argumentos jurÃdico-constitucionales para rechazar la iniciativa que hoy tratamos. Como ha sido señalado repetidamente, de aplicarse el proyecto oficialista de reforma del Consejo se incurrirá en varias inconstitucionalidades, al romperse el equilibrio en la composición del Consejo y del Jury de Enjuiciamiento, al excluirse la instancia del juez de la Corte Suprema de Justicia y al aplicarse el nuevo sistema de remoción de jueces propuesto, que junto la injustificable exclusión de los abogados de la Comisión de Selección, viola el artÃculo 16 de la Constitución. También en abierta oposición al texto constitucional, el proyecto le restituirá facultades administrativas a la Corte Suprema de Justicia, mientras elimina varias de las incumbencias que la ley vigente le confÃa al Consejo en dicha materia. Por otra parte, se obliga a que se investiguen las denuncias en un máximo de tres años, encubriendo un plazo de caducidad que asegurará la impunidad.
Porque no creemos, como han manifestado desde el Gobierno, que el término “equilibrioâ€? del artÃculo 114 pueda dar lugar a interpretaciones subjetivas. Tampoco son creÃbles las denuncias injustificadas del Presidente Kirchner sobre la existencia de “acuerdos corporativos en el Consejoâ€?, porque se trata de acusaciones generalizadas. Si alguien incumpliera con su deber deberÃa ser denunciado y promovida su destitución. No es válido lanzar acusaciones generales y al aire.
Cuando se habla de “demoras en la realización de sus tareas� por el Consejo, se olvida que son los representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo los que menos trabajan y los que más faltan en el organismo.
Tampoco vale el infantil argumento de que no deberÃamos desconfiar de las buenas intenciones del Gobierno. Nuevamente: esta reforma no sólo no mejora los aspectos en que el funcionamiento del organismo es perfectible, sino que lo empeora y amenaza enormemente la independencia del Poder Judicial.
En definitiva, ninguna de las excusas utilizadas por el Gobierno puede justificarla.
Y yo me pregunto: ¿Es la justicia santacruceña el modelo sobre el cual se pretende hacer basar el funcionamiento de la justicia argentina? ¿Se pretende llevar ese modelo de sometimiento del Poder Judicial al poder polÃtico, al plano nacional? Hay sobrados indicios para afirmarlo. En el escaso debate público efectuado hasta el momento sobre este tema, y se me viene a la memoria la Jornada organizada por la Mesa de Dialogo Argentino el 7 de Febrero pasado, ninguno de los representantes del oficialismo y defensores de esta reforma, pudo explicar la compatibilidad de este proyecto con nuestra Constitución y con el Estado de Derecho.
Ante proyectos como éste solo cabe recordar los principios básicos sobre los que fue construida la Nación y sobre los que funcionan los paÃses civilizados: el Poder Legislativo no es un instrumento del Ejecutivo, asà como tampoco lo es Poder Judicial. La República necesita la coexistencia de los tres poderes para funcionar y para asegurar la vigencia de las garantÃas constitucionales. Las democracias se construyen con consenso, no con órdenes verticales.
Los órganos del Consejo de la Magistratura y el Jury de enjuiciamiento son perfectibles, pero el proyecto que hoy tratamos no apunta en absoluto a ese objetivo. Los problemas de funcionamiento que detenta hoy el Consejo no se relacionan con el número de integrantes. Algunos se resuelven con reformas reglamentarias y otros obedecen a la conducta reprochable de algunos consejeros.
Hace dos meses conmemorábamos los cien años de la muerte de Bartolomé Mitre, militar, periodista, legislador, escritor, Presidente de la Nación argentina. En el siglo transcurrido desde su muerte, la Nación que él presidió en momentos sumamente arduos, ha sufrido cambios que la han tornado irreconocible. En las últimas cinco décadas la república, la democracia, la libertad de expresión, han corrido graves riesgos.
La reforma del Consejo de la Magistratura y del Jury de enjuiciamiento es un tema de Estado, no se le puede dar un carácter polÃtico.
Estamos a tiempo. TodavÃa podemos ponernos del lado de la Republica y cumplir con nuestro deber de representantes del pueblo de la Nación, legislando para el largo plazo y con amor a la Patria. La República no merece esta reforma.
Continuar Leyendo Fundamentos del voto en contra a la reforma del Consejo de la Magistratura…
Fundamentos del voto en contra a la reforma del Consejo de la Magistratura
Posted by - 31/03/08 at 07:03:03 pmInserción de texto Discurso Dip. Nora Ginzburg por tratamiento expte 0249-S-05, en Sesión Extraordinaria del 22/02/2006.
Señor Presidente:
Los fundamentos de nuestro voto negativo son tan abundantes como los atropellos permanentes que viene sufriendo la Republica en el último tiempo. Nos encontramos hoy debatiendo un proyecto que denota graves inconstitucionalidades y desnaturaliza los órganos creados por la Reforma Constitucional de 1994 para asegurar la independencia del Poder Judicial.
En primer lugar, el tratamiento de esta reforma crucial se esta efectuando en periodo de sesiones extraordinarias, a pesar de que no se trata de un tema que requiera tratamiento urgente. Por el contrario, es una cuestión de delicado interés institucional que merece un cuidadoso análisis y requiere consulta con los diferentes sectores de la comunidad. Se ha evitado que la sociedad realice el debido debate, se ha evitado difundir la importancia de la cuestión. Se pretende aprobarlo haciendo uso de la mayorÃa parlamentaria del bloque oficialista. Pareciera que la democracia argentina no sabe de debates racionales, sino del peso de la mayorÃa.
La Justicia sigue siendo vista como un botÃn que debe quedar en manos del partido de gobierno. Y sin embargo, se trata de un tema central para el Estado de Derecho.
Como indicara la Dra. Maria Angélica Gelli en ocasión del reciente debate organizado por la Mesa de Dialogo Argentino, “La Justicia es una cuestión de todos. Ojalá el Gobierno pusiera este tema en debate en los medios�.
El debate profundo sobre el tema se produjo hace doce años, en ocasión de la Convención Constituyente de 1994. Paradójicamente, el espectro polÃtico coincidió ampliamente en la idea de crear el Consejo de la Magistratura y el Jury de Enjuiciamiento con el fin primordial de reforzar la independencia y credibilidad del Poder Judicial. En este sentido se manifestaron convencionales de todos los sectores polÃticos, como Pose, Saravia Toledo, Mestre, AlfonsÃn, Falbo, Hitters.
Hoy, a pesar de esta actitud de ocultamiento del Gobierno, todo el espectro de organizaciones no gubernamentales, Colegios Públicos, Asociaciones de Abogados, organizaciones de Derechos Humanos y medios de comunicación se han manifestado en contra del proyecto oficialista de reforma, expresando enorme preocupación por las implicancias que podrÃa tener.
La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, la Sociedad Porteña de Penalistas, la organización Human Rights Watch (HRW) han manifestado rechazo y preocupación ante esta reforma que es inconstitucional. El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, la Asociación de Abogados de Buenos Aires y el Colegio de Abogados de Buenos Aires, han promovido una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la misma.
Y yo me pregunto: cuál ha sido la actitud del Gobierno en el tiempo inmediatamente anterior al tratamiento del proyecto. En los últimos tres meses ha salido a la caza de votos que aseguren su aprobación, para asà continuar el camino autoritario iniciado. Porque hacia donde vamos si no hacia el autoritarismo, cuando nos encontramos ante un Gobierno que aprovecha la confianza depositada por el voto popular para ir carcomiendo la Constitución, hasta hacerla inaplicable.
Y cuando sectores polÃticos se refieren al apoyo de este proyecto como una “prueba de lealtadâ€? que exige el Gobierno, yo les recordarÃa que estamos aquà para ser leales a la Constitución Nacional.
Y para todos aquellos representantes que responden a gobernadores que hoy están atados a los fondos o la obra pública de la Nación, tomo las palabras expresadas por un dirigente polÃtico al respecto: “no se puede cambiar calidad institucional por necesidad económica de las provincias” (Expresado por el Diputado Nacional Mario Negri, UCR y publicado por La Nación, 13/01/2006 en la nota “La CrematÃstica Kirchneristaâ€?).
Esta reforma no es negociable.
Debemos tenerlo muy presente: hoy nuestra Republica padece ya un fuerte deterioro institucional.
En los últimos diez años se instauró la costumbre de gobernar por decretos de necesidad y urgencia y leyes de emergencia económica que otorgan superpoderes a los titulares del Ejecutivo. Esto ayuda a que perdamos la memoria de cuáles son los principios republicanos y democráticos. Las encuestas muestran hoy una gran desconfianza de la ciudadanÃa en la Justicia.
Y si la norma constitucional que es el articulo 114 de la Carta Magna, se transforma en letra muerta a partir de la reforma que hoy vamos a votar, será una muestra más de subordinación del Poder Legislativo al Ejecutivo y habremos retrocedido a la situación de la Justicia antes de 1994.
Recordemos cual era el contexto, el clima en que se efectuaban los debates por la Convención Constituyente del ´94: la sociedad estaba ávida de un Poder Judicial independiente y eficaz que garantizara seguridad jurÃdica con imparcialidad e idoneidad.
Una de las responsabilidades de los polÃticos es buscar construir instituciones de calidad, respetarlas y hacerlas respetar: si las instituciones son manipuladas o violadas por los polÃticos, la sociedad tampoco las respetará.
Por eso, además de sacarse fotos con lÃderes como Lagos, Bachelet, Tabaré Vazquez, Lula, nuestros mandatarios deberÃan imitar el respeto institucional que impera en esos paÃses.
El triste acontecimiento del asesinato del policÃa de Las Heras, Santa Cruz y el lentÃsimo avance de la correspondiente investigación judicial para esclarecerlo, alerta sobre el estado de gravedad institucional que padecemos. Ante la ausencia de canalización institucional, en Argentina se han ido instalando medidas de acción directa donde se aplica la ley de la selva. Gana el más fuerte.
Y como expresara quien fuera Presidente del Foro de Estudios sobre la Administración de Justicia, el Dr. Horacio Lynch, “nuestros mejores jóvenes ya no aspiran a la Justicia. No es difÃcil adivinar las causas. Priman el desprestigio y la mala imagen de la institución (asà como) la falta de independencia y el inadecuado sistema de selecciónâ€?. (“Desabastecimiento de juecesâ€?, La Nación 15/02/2006)
¿Tenemos hoy una Justicia independiente? ¿Cuál es la situación del más alto tribunal? La Corte Suprema cuenta con 7 miembros de los 9 que deberÃa tener. Y como no se reduce el número de miembros pero tampoco se cubren las vacantes, en la práctica se creó un sistema de consenso que dificulta enormemente lograr cualquier resolución. La Corte no avanza en la resolución de temas como los miles de amparos por la pesificación de los depósitos bancarios, porque para firmar una sentencia necesita la voluntad de 5 jueces sobre apenas 7 en funciones. Antes, como el tribunal contaba con 9 miembros, se requerÃa el 55% de las voluntades y ahora el 71%.
Para saber si contamos con una Corte Suprema independiente, habrá que esperar a que el alto Tribunal resuelva cuestiones como el caso Sosa, ex fiscal general de Santa Cruz, la actualización de las jubilaciones mayores que 1000 pesos y el de la Publicidad oficial, planteado por el diario RÃo Negro. La resolución de estos casos testigo dirán cuán independiente es esta Corte respecto del Presidente Kirchner.
Voy a hacer una referencia histórica que permitirá vislumbrar cuán grande es la crisis institucional que padecemos y que se verá profundizada con esta reforma.
La Constitución Nacional de 1853, respecto del procedimiento de designación de magistrados, adoptó el modelo norteamericano de la Constitución de Filadelfia, por el cual el Poder Ejecutivo proponÃa los candidatos y el Congreso, por medio del Senado, prestaba el acuerdo respectivo. El criterio de designación implicaba una elección polÃtica. La destitución de los jueces era facultad del Congreso: la Cámara de Diputados acusaba y el Senado sentenciaba.
En Argentina el resultado de esa designación de magistrados distó mucho del producido por el paÃs del Norte, en donde el Poder Ejecutivo careció de discrecionalidad y su propuesta fue siempre sometida a distintos estamentos.
Aquà el procedimiento aplicado conspiró contra la independencia y legitimó el avasallamiento por parte del Poder Ejecutivo. El resultado fue una institución debilitada, con grave carencia de imparcialidad, con ciertos jueces sin capacidad técnica y otros que protagonizaron escándalos y actos de corrupción.
Además, el Senado de la Nación, en su Reglamento Interno, estableció la alternativa de las sesiones secretas de la Cámara que, aplicadas a la aprobación de los pliegos de los candidatos a jueces federales, impidió en los hechos el control de la opinión pública sobre las designaciones y favoreció los acuerdos de repartos partidarios.
El sistema no funcionó, por la influencia polÃtica en la nominación de magistrados, por amiguismo.
La gestión del ex Presidente Menem produjo un fuerte deterioro del Poder Judicial. En 1990 el Gobierno aumentó el número de miembros de la Corte Suprema (ley 23771) y la hizo adicta. Buena parte de las designaciones de jueces inferiores se habÃan convertido en moneda de cambio de favores polÃticos. El modelo de juez bien formado en Derecho, capaz de repartir equidad y con fuerte compromiso con valores democráticos y derechos humanos no era usualmente el elegido. Y el juicio polÃtico, que debÃa tramitarse en sede legislativa, era letra muerta.
Todo esto originó en la sociedad civil grandes reclamos de un Poder Judicial con transparencia, honestidad, celeridad, inmediatez, imparcialidad.
Asà llegamos al nacimiento del Consejo de la Magistratura, con la reforma constitucional de 1994, que persiguió fundamentalmente la reelección presidencial. El Convencional Constituyente buscó un modelo alternativo y creó el Consejo de la Magistratura como órgano garante de la independencia judicial.
El equilibrio en la composición ordenado por el artÃculo 114 de la nueva Constitución no fue casual. Buscó remediar el monopolio de la designación y juzgamiento de magistrados en manos de los sectores polÃticos.
Se crearon dos órganos independientes: el Consejo de la Magistratura, que tuvo a su cargo la selección de los jueces y la facultad de acusar a los magistrados, suspenderlos en sus funciones y proponer su remoción, y el Jurado de Enjuiciamiento, que debÃa juzgar la conducta de los jueces de los tribunales inferiores de la Nación y resolver acerca de su remoción.
Ya en ese momento los sectores vinculados a la abogacÃa y a la judicatura hicieron saber su preocupación para que la ley que finalmente regulara el organismo no rompiera el equilibrio entre los representantes de los órganos polÃticos, de los jueces y de los abogados, que sabiamente habÃan impuesto los constituyentes.
Recién en 1998 se reglamentó el artÃculo 114, a través de la ley 24.937.
El régimen introducido en 1994 creó un sistema más racional, menos expuesto al discrecionalismo. Con la incorporación del Consejo y su involucramiento previo en la conformación de las listas de los candidatos a jueces, las facultades del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo han perdido el carácter decididamente discrecional que tenÃan antes. Se pasó a facultades más “regladas”, menos absolutas, que aseguraron mayor transparencia y razonabilidad en la designación de los magistrados. El nivel de idoneidad de los magistrados mejoró como resultado del sistema que se instrumentó a partir de la creación del Consejo.
Sobran los argumentos jurÃdico-constitucionales para rechazar la iniciativa que hoy tratamos. Como ha sido señalado repetidamente, de aplicarse el proyecto oficialista de reforma del Consejo se incurrirá en varias inconstitucionalidades, al romperse el equilibrio en la composición del Consejo y del Jury de Enjuiciamiento, al excluirse la instancia del juez de la Corte Suprema de Justicia y al aplicarse el nuevo sistema de remoción de jueces propuesto, que junto la injustificable exclusión de los abogados de la Comisión de Selección, viola el artÃculo 16 de la Constitución. También en abierta oposición al texto constitucional, el proyecto le restituirá facultades administrativas a la Corte Suprema de Justicia, mientras elimina varias de las incumbencias que la ley vigente le confÃa al Consejo en dicha materia. Por otra parte, se obliga a que se investiguen las denuncias en un máximo de tres años, encubriendo un plazo de caducidad que asegurará la impunidad.
Porque no creemos, como han manifestado desde el Gobierno, que el término “equilibrioâ€? del artÃculo 114 pueda dar lugar a interpretaciones subjetivas. Tampoco son creÃbles las denuncias injustificadas del Presidente Kirchner sobre la existencia de “acuerdos corporativos en el Consejoâ€?, porque se trata de acusaciones generalizadas. Si alguien incumpliera con su deber deberÃa ser denunciado y promovida su destitución. No es válido lanzar acusaciones generales y al aire.
Cuando se habla de “demoras en la realización de sus tareas� por el Consejo, se olvida que son los representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo los que menos trabajan y los que más faltan en el organismo.
Tampoco vale el infantil argumento de que no deberÃamos desconfiar de las buenas intenciones del Gobierno. Nuevamente: esta reforma no sólo no mejora los aspectos en que el funcionamiento del organismo es perfectible, sino que lo empeora y amenaza enormemente la independencia del Poder Judicial.
En definitiva, ninguna de las excusas utilizadas por el Gobierno puede justificarla.
Y yo me pregunto: ¿Es la justicia santacruceña el modelo sobre el cual se pretende hacer basar el funcionamiento de la justicia argentina? ¿Se pretende llevar ese modelo de sometimiento del Poder Judicial al poder polÃtico, al plano nacional? Hay sobrados indicios para afirmarlo. En el escaso debate público efectuado hasta el momento sobre este tema, y se me viene a la memoria la Jornada organizada por la Mesa de Dialogo Argentino el 7 de Febrero pasado, ninguno de los representantes del oficialismo y defensores de esta reforma, pudo explicar la compatibilidad de este proyecto con nuestra Constitución y con el Estado de Derecho.
Ante proyectos como éste solo cabe recordar los principios básicos sobre los que fue construida la Nación y sobre los que funcionan los paÃses civilizados: el Poder Legislativo no es un instrumento del Ejecutivo, asà como tampoco lo es Poder Judicial. La República necesita la coexistencia de los tres poderes para funcionar y para asegurar la vigencia de las garantÃas constitucionales. Las democracias se construyen con consenso, no con órdenes verticales.
Los órganos del Consejo de la Magistratura y el Jury de enjuiciamiento son perfectibles, pero el proyecto que hoy tratamos no apunta en absoluto a ese objetivo. Los problemas de funcionamiento que detenta hoy el Consejo no se relacionan con el número de integrantes. Algunos se resuelven con reformas reglamentarias y otros obedecen a la conducta reprochable de algunos consejeros.
Hace dos meses conmemorábamos los cien años de la muerte de Bartolomé Mitre, militar, periodista, legislador, escritor, Presidente de la Nación argentina. En el siglo transcurrido desde su muerte, la Nación que él presidió en momentos sumamente arduos, ha sufrido cambios que la han tornado irreconocible. En las últimas cinco décadas la república, la democracia, la libertad de expresión, han corrido graves riesgos.
La reforma del Consejo de la Magistratura y del Jury de enjuiciamiento es un tema de Estado, no se le puede dar un carácter polÃtico.
Estamos a tiempo. TodavÃa podemos ponernos del lado de la Republica y cumplir con nuestro deber de representantes del pueblo de la Nación, legislando para el largo plazo y con amor a la Patria. La República no merece esta reforma.
Continuar Leyendo Fundamentos del voto en contra a la reforma del Consejo de la Magistratura…
Discurso en el recinto acerca de la reforma del Consejo de la Magistratura el 22 de febrero de 2006
Posted by - 31/03/08 at 07:03:03 pmSra. Ginzburg.- Señora presidenta: estamos presenciando en esta Cámara una nueva violación al orden constitucional al someterse a nuestro análisis un proyecto de ley que claramente rompe el equilibrio establecido por el artÃculo 114 de la Constitución Nacional, ya que se pretende ampliar la incidencia del poder polÃtico en la integración del Consejo de la Magistratura, que fue precisamente lo que se quiso evitar cuando se creó ese órgano.
Me permitiré citar una máxima de los griegos: “Un texto sacado de contexto es un pretexto.â€? Todos sabemos muy bien lo que es el equilibrio. No tenemos que analizarlo ni desgajarlo porque sabemos perfectamente cuál fue el espÃritu de los constituyentes en 1994.
No me sumaré a los argumentos técnicos y jurÃdicos a fin de no ser reiterativa, y apoyo los vertidos por el señor diputado Tonelli. Simplemente haré un escueto recordatorio de cuántas veces se ha violado el orden constitucional desde que recuperamos la democracia, con la esperanza de que alguna vez dejemos de fijarnos en intereses personalistas y tengamos en mira la institucionalidad del paÃs porque eso es lo que le hará bien a nuestra patria.
Recuerdo el año 1983, cuando el gobierno electo dejaba atrás la dictadura. Todos esperábamos una nueva época de respeto a las instituciones y a las libertades individuales, de transparencia y honestidad en la gestión pública y de reconocimiento de los derechos de los más desposeÃdos.
Algunos imaginábamos algo similar a lo ocurrido en 1853, cuando la Constitución dio paso a la organización, la paz y el desarrollo. ¡Cómo nos equivocamos! La democracia tiene una enorme deuda con la sociedad. La miseria y la indigencia se multiplicaron con creces, y ésa es una deuda que tenemos especialmente con los sectores más desposeÃdos.
Las violaciones al orden institucional, como he dicho, han sido reiteradas. De los golpes cÃvico militares a que nos acostumbraron desde 1930 pasamos a los golpes solamente civiles. El primero fue en 1989, cuando se impidió la finalización de la gestión del gobierno de ese entonces a saqueo limpio. En ese momento se decÃa que se estaba incendiando el paÃs. ¿Quién lo incendiaba, si a medida que asumÃan nuevo el nuevo gobierno esos saqueos iban desapareciendo?
Luego se produjo el aumento de los miembros de la Corte Suprema de Justicia con el objeto de hacerla afÃn al gobierno de turno. Rindo mi homenaje al doctor Jorge Bacqué, quien no se prestó a esa maniobra y renunció.
Después tuvo lugar el ominoso Pacto de Olivos, en el que se acordó una reelección presidencial a cambio de la elección de un tercer senador. Esta norma también fue violada y lo pudimos advertir muy recientemente en la provincia de Buenos Aires cuando el partido oficialista se dividió en dos listas para tener la hegemonÃa. Destaco en este momento la claridad, la visión y el coraje que tuvo Ricardo López Murphy al expresar que el oficialismo se querÃa quedar con los tres senadores, como en realidad ocurrió.
A partir de ese pacto se llevó a cabo la Convención Constituyente en 1994, en la que la primera dama tuvo un papel predominante.
Finalizada esta convención y el gobierno del presidente Menem, llegó el de la Alianza. Me parece que la Constitución no sirvió de mucho, porque si se querÃa atenuar el presidencialismo para asegurar la estabilidad, ello no ocurrió: una situación económica desastrosa produjo una crisis inédita en nuestro paÃs, que se inicia en 1998, suma a toda la región y provoca la caÃda del gobierno.
Recién empezamos a salir en el año 2002. Pareciera ser que los civiles creemos que tenemos el derecho a provocar golpes institucionales. No sé de dónde surge esa creencia, porque mientras asumÃa el nuevo gobierno y la supuesta oposición lo estaba ayudando, una gran mayorÃa de la gente pedÃa que se fueran todos.
Entonces, no sé por qué los polÃticos creemos que tenemos derecho a establecer golpes institucionales, pero eso no fue todo. Después de concretar el juicio polÃtico para remover a la Corte Suprema adicta al menemismo, se designa a sus nuevos integrantes.
Quiero dejar a salvo mi posición personal. Discrepo con quienes dicen que con esta Corte Suprema se ha avanzado en la Justicia. Sin perjuicio de las condiciones de los juristas y de su trayectoria, creo que merecen serios reparos.
No sé cuál fue el motivo para establecer el trámite vinculado con la trasparencia, porque llovieron impugnaciones sobre los ministros Zaffaroni y Argibay, las que prácticamente no fueron tenidas en cuenta. Terminemos con el simulacro de la trasparencia.
La Corte Suprema toma el remedio de la inconstitucionalidad como si fuese algo común, cuando debiera ser excepcional.
El doctor Zaffaroni, ministro de la Corte, serÃa un excelente defensor, pero se ha olvidado de su rol de juez. Asà dijo en la revista “Rolling Stonesâ€? que cuando era juez él intentaba que los imputados zafasen. Esta no es la tarea de un juez. Además dice que él habla como cualquier ciudadano común. Ello no es asÃ, ya que por su investidura habla como ministro de la Corte Suprema. Yo tampoco hablo como una ciudadana común, sino como diputada de la Nación.
La doctora Argibay manifestó que habÃa que abrir las cárceles para no violar los derechos de los imputados. ¿De qué norma constitucional se desprende que la garantÃa de los procesados sea superior a la seguridad pública? ¿No hay que encontrar un equilibrio entre todas las garantÃas? Esto no tiene ninguna vinculación ni con el derecho penal liberal ni con la llamada teorÃa garantista, sino que es la teorÃa del abolicionismo que es una postura ideológica que va a contrapelo de lo que quiere la sociedad.
Por supuesto que cuando no nos gusta lo que dice la mayorÃa, afirmamos que se trata de aberraciones. Entonces, se requiere que venga un iluminado para que nos señale cuándo la mayorÃa sirve y cuándo no.
Para hablar de las violaciones que se han reiterado antes de 2003, quiero mencionar que el partido oficialista se divide en tres, sometiendo a la sociedad a una interna, en vez de dirimir sus cuestiones para evitar que alguien acceda al poder. Cualquier recurso vale. Y en esa interna me sometieron a mÃ, que estaba en la oposición.
La famosa década del 90 ha sido muy denostada por nuestro presidente, que fue parte activa de ella. Ahora resulta que nadie participó en esa década. En esto de buscar culpabilidades, precisamente a los opositores a esa década se los va a terminar haciendo responsables.
Únicamente podremos salir adelante con la verdad, sin hipocresÃas, lo que constituye un reclamo de la sociedad. Voy a hacer una exhortación basada en que nosotros juramos defender la Constitución. Les pido a mis colegas que tomen conciencia de la forma como van a votar.
Alguna vez se utilizó el argumento de que un gobierno que fue capaz de mejorar la Corte Suprema de Justicia de la Nación no podÃa ser capaz de establecer un Consejo de la Magistratura nefasto. Pero debo decir –se trata de un presagio que el Consejo de la Magistratura va a ser utilizado para amilanar a los opositores, para infundir temor en los jueces y para que nuestro paÃs se haga famoso por las demandas ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Voy a solicitar la inserción del resto de mi exposición, solicitándole a mis colegas que, más allá de las diferencias ideológicas que tengamos, voten negativamente este proyecto en general, para que esta generación y las futuras no nos reclamen por el error cometido. (Aplausos.)
“La autonomÃa porteña será únicamente plena cuando se derogue la llamada Ley Cafieroâ€?.
Posted by - 31/03/08 at 07:03:03 pm28-04-2006
La Diputada Nacional Nora Ginzburg asistió en la fecha a la inauguración del edificio de Tacuarà 138 para el funcionamiento del fuero Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ceremonia presidida por el Jefe de la Ciudad Lic. Jorge Telerman.
Ginzburg, que fuera convencional constituyente de la Ciudad de Buenos Aires e integrante de la Comisión de Justicia y Seguridad de la misma, expresó: “Esto es un paso más en el afianzamiento de la autonomÃa porteña, la que será plena únicamente cuando se derogue la llamada Ley Cafieroâ€?.
Luján Casaubon
Asesora de Prensa
63107430
1554847434
Proyecto de resolución sobre el General Palacios
Posted by - 31/03/08 at 07:03:02 pmPROYECTO DE RESOLUCIÓN
La H. Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE
Solicitar al Poder Ejecutivo de la Nación que, a través de los Organismos correspondientes, informe acerca de las razones por las cuales fue retirada la propuesta de ascenso del General de Brigada Gonzalo Palacios a General de División.
NORA GINZBURG
DIPUTADA NACIONAL
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El dÃa martes 13 de diciembre pasado conocimos la decisión de la Ministro de Defensa Dra. Nilda Garré de pasar a retiro al General de Brigada Gonzalo Palacios, comandante del V Cuerpo de Ejército, al tiempo que sus colaboradores deslizaron a un prestigioso matutino porteño que tal decisión se debÃa a “que estuvo en algo pesado durante la Dictaduraâ€?.
Frente a la ligereza e imprecisión de tales comentarios la ciudadanÃa tiene derecho a conocer si existen imputaciones concretas que pesan sobre el General Palacios, ya que hasta el presente sus antecedentes fueron evaluados en dos oportunidades por la Comisión de Acuerdo del Senado sin merecer objeción alguna.
En efecto, hasta el presente se desconoce que el General Gonzalo Palacios posea proceso o citación alguna vinculada a violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar y la única objeción a su persona provino de la influyente ONG, el Centro de Estudios Legales y Sociales, fundada en su participación en un curso en la Escuela de las Américas, Estados Unidos en 1989. Es decir en pleno gobierno constitucional, y bajo estrictas órdenes de sus superiores.
Asimismo cabe destacar que la propuesta de ascenso a general de división habÃa sido acordada por el anterior ministro de defensa de esta gestión - y actual senador José Pampuro- y el Jefe del Ejército General Roberto Bendini, por lo cual es de creer que la misma fue adoptada después de un minucioso análisis de los antecedentes profesionales del militar.
Finalmente cuesta desprender la decisión de retirar al General Palacios de los sucesos acaecidos en los meses, en los que la actual administración del Presidente Kirchner parece empeñada en profundizar los enconos y enfrentamientos de la década del setenta, con el agravante de estimular la divulgación de una versión parcial de nuestra historia contemporánea.
Advertimos que este camino de distorsionar la verdad histórica, de tomar decisiones basadas en trascendidos e inquinas personales, son expresiones autoritarias que no fortalecen la república ni sus instituciones. A 22 años de regreso a la democracia, los argentinos debemos recordar nuestra historia, aventar enfrentamientos estériles ya que no progresaremos manoseando nuestras cicatrices, divulgando verdades sesgadas, que impidan avanzar hacia la definitiva reconciliación y unión nacional.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
NORA GINZBURG
DIPUTADA NACIONAL
15/12/2005
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